Asesoramiento penal en casos de homicidios: Abogado Defensor

Abogado penalista defensor español para casos de detenciòn por homicidios en Italia Alemania Austria Francia Suiza Inglaterra UK Bèlgica
Abogado penalista defensor español para casos de detenciòn por homicidios en Italia Alemania Austria Francia Suiza Inglaterra UK Bèlgica

La regulación de los delitos contra la vida y la integridad corporal, como lo es el delito de Homicidio tiene especial importancia para el próspero y eficaz desarrollo de toda sociedad, por lo que nuestro Despacho cuenta con un capacitado y excelente grupo de abogados, que realizan su labor representando un sinnúmero de casos de esta índole. Nuestros servicios sirven para asesorar y representar personas en este tipo de situación, pues contamos con una aceptada aprobación a nivel nacional e internacional.

¿A qué hace referencia el delito de Homicidio?
El delito de Homicidio se tipifica cuando una persona le quita la vida a otra. La relación de causa efecto entre la lesión producida por el sujeto activo del delito y la muerte del sujeto pasivo, sigue siendo una cuestión que ocupa constantemente la atención de los tribunales, porque de ese vínculo se desprende la posibilidad de exigir responsabilidad penal o no, además de influir en otros elementos de suma importancia como son las circunstancias agravantes o atenuantes de la pena que se impondrá.


¿Si es procesado por un delito de homicidio, es parte o sujeto en el proceso panal?
Existe una diferencia palpable entre los Sujetos Procesales y las Partes en el proceso penal.  Los Sujetos son todas aquellas personas que de algún modo en ejercicio de una función o profesión o en defensa de un interés o como mera manifestación de su voluntad intervienen en el proceso, como pueden ser aquellos cuya intervención en el proceso es necesaria como lo es el Tribunal, Fiscal, acusado, Abogado, auxiliares y el instructor.

Pero también son sujetos aquellos que no resultan indispensables para el desarrollo del proceso, pero que sí pueden intervenir en el mismo, por solicitud de las partes o el Tribunal, porque consideran que su aportación es de importancia para el desarrollo del caso o para la aclaración de  las investigaciones realizadas, como son los Testigos y Peritos.


Son Partes del Proceso aquellos sujetos procesales de la acción penal que materializan el debate penal, por una parte el Fiscal y por otra el acusado con o sin representación letrada. Por lo que si usted es procesado por un delito de Homicidio, no solo es un sujeto procesal, también es parte en el proceso penal.


¿Qué papel le corresponde al abogado penalista en estos casos?
Como abogados velamos por el integro interés de nuestro cliente, nuestro propósito principal es demostrar la posición que presenta en el caso como sus representantes, por lo que somos los encargados de encontrar los medios para materializar su pretensión, la misma que estaremos defendiendo e imputando durante todo el transcurso del proceso, y que además en el Juicio Oral tenemos que precisar claramente en  nuestras conclusiones definitivas.

Además nos corresponde velar por el cumplimiento de los principios que deben regir el proceso penal como la Legalidad, Oralidad, Igualdad o equiparación de las partes, Independencia Judicial, Presunción de inocencia, Celeridad o Economía procesal, Participación ciudadana, Respeto a la igualdad del hombre, Recurribilidad y Debido proceso,  los cuales son garantías para su condición de acusado.


¿Cuál es la diferencia entre Sentencia Firme y Sentencia Definitiva? No se trata de la misma cuestión cuando una sentencia ha adquirido firmeza y cuando una sentencia es definitiva. La sentencia Firme es aquella contra la cual no cabe recurso alguno e igualmente se designa así a todas las resoluciones judiciales cuando ha transcurrido el plazo establecido en la Ley para impugnarla.


Por su parte la Sentencia Definitiva es toda aquella que pone fin al proceso, pero admiten interposición de recurso, como el Recurso de Apelación o el Recurso de Casación, que como abogaos alegamos siempre que el fallo no haya sido el esperado o siempre que consideremos la posibilidad de mejorarlo, acciones que no podremos realizar si se cumplen los términos para interponer estos recursos y se comienza el proceso de Ejecución de Sentencia, que es el último efecto de las resoluciones judiciales, cuando adquieren firmeza y los Tribunales están obligados a ordenar su cumplimiento.

¿Siempre le es exigible la responsabilidad penal?
No siempre que se comete un hecho tipificado en Ley como delito es exigible la responsabilidad penal, ya que existen eximentes de dicha responsabilidad, que no son más que cuestiones puntuales que el legislador procuró resguardar, en virtud de la justicia social y el razonamiento, ya que aún y cuando se cometa un hecho punitivo, las circunstancias pueden variar en dependencia del sujeto o de cuestiones materiales que concomitaron la situación.


 Por lo que en los casos en los que se materialice algún acto regulado en el Código Penal como perceptible de sanción, si se manifiestan algunas de estas eximentes, no es exigible la responsabilidad penal al autor, estos son los casos de los enfermos mentales, los que actúan bajo legítima defensa , por un estado de necesidad o por error, teniendo en cuenta que siempre se debe probar la realidad de estos supuestos, pues si no pueden probarse, son inaplicables.